La causa de extinción de la obligación del pago de la pensión compensatoria por contraer nuevo matrimonio produce su efecto desde que este hecho se produce, con independencia de la fecha en que -conocida dicha situación- se interpone la demanda y se dicta sentencia decidiendo sobre la extinción. según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 18 de julio de 2018, que recoge el acuerdo del Pleno de la Sala Civil.
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