Las personas incluidas en el campo de aplicación de este régimen especial podrán cambiar cuatro veces al año la base por la que viniesen obligados a cotizar...
La Ley 6/2017 establece que los trabajadores autónomos pueden cambiar hasta cuatro veces al año la base de cotización, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten aplicables en cada ejercicio.
Hoy os informamos que la Comunidad de Madrid amplía doce meses la tarifa plana de 50 euros en las cuotas de régimen especial de trabajadores autónomos, prolongándola así de seis meses iniciales hasta dieciocho meses.